¡Se viene el aguinaldo!: cuándo se paga, cómo se calcula y quiénes lo cobran
Se trata del Sueldo Anual Complementario que se divide en dos pagos anuales.
El mes de junio trae consigo un importante beneficio para los trabajadores en relación de dependencia, tanto del sector privado como público, así como para jubilados y beneficiarios de pensiones no contributivas (PNC) de Anses: el tan esperado Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido popularmente como aguinaldo.
Este aguinaldo, que se percibe en el mes de junio, representa un importante alivio financiero para miles de familias en todo el país. Consiste en el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto durante los seis meses previos. Es importante destacar que en este cálculo se incluyen conceptos como horas extra y comisiones, mientras que se excluyen aquellos conceptos considerados "no remunerativos", como la provisión de ropa de trabajo.
Cómo se calcula el aguinaldo de junio
Cada medio aguinaldo es equivalente al 50% (la mitad) de la mayor remuneración mensual por todo concepto dentro del semestre en que se liquida. Para ese cálculo, se tienen en cuenta las horas extra y se excluye todo lo "no remunerativo", como la ropa de trabajo.
Se calcula de la siguiente forma:
-Sobre el mejor sueldo bruto.
-Se hacen los descuentos de jubilación y obra social, entre otros.
-Así se llega a la suma "neta" o de bolsillo.
Cuándo se paga el aguinaldo de junio 2024
-En la última jornada laboral de junio, que este año es el viernes 28 de junio
-El plazo puede extenderse hasta cuatro días hábiles, es decir, hasta el jueves 4 de julio
Qué se tiene en cuenta para calcularlo
Se tienen en cuenta para el cálculo del aguinaldo:
-Las horas extras;
-Las comisiones;
-Otras remuneraciones variables;
-El rubro "A cuenta de futuros aumentos";
-Las prestaciones en especie (como la cesión de un auto de la empresa para fines particulares).
Sin embargo, no se toman en cuenta para calcular el aguinaldo:
-Las sumas "no remunerativas", como bonos o complementos alimentarios;
-Las gratificaciones por única vez o las vinculadas a la extinción del contrato de trabajo;
-Los viáticos.