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Violento

Al penal por pegarle a su pareja

Una chica lloraba en la calle, cuando la policía la abordó para preguntarle qué pasaba, contó que su pareja la había atacado. 

Imagen ilustrativa.

En la madrugada del 27 de enero de 2024, alrededor de las 06:15 horas, la Comisaría N.º 2 del departamento Capital recibió una llamada de alerta sobre una disputa en el domicilio ubicado en la calle General Acha 822 norte. Según el informante, se estaba produciendo una acalorada discusión en dicho lugar.

De manera inmediata, el personal policial se dirigió al domicilio mencionado y al llegar observaron a una mujer sola en la vereda. Esta mujer, al ser abordada por los agentes de la comisaría, relató que había sido víctima de agresión por parte de su pareja, quien se encontraba dentro de la vivienda y aparentemente bajo los efectos del alcohol.

Según el testimonio de la víctima, durante la discusión su pareja la había golpeado en el rostro, así como en el brazo y la espalda. Con evidentes signos de temor hacia el agresor, la mujer solicitó ayuda a las autoridades presentes.

Ante esta situación, agresor fue detenido por el personal policial en el lugar de los hechos. Posteriormente, se informó telefónicamente al ayudante Fiscal en turno, quien se hizo presente en el sitio para brindar asesoramiento a la víctima y explicarle sus derechos. Tras escuchar sus derechos, la víctima decidió formalizar una denuncia.

El caso fue puesto en conocimiento del Fiscal de Turno, quien consideró la gravedad de los hechos y dio las instrucciones correspondientes para proceder legalmente en el caso, incluyendo la intervención del fuero especializado en casos de violencia doméstica.

Finalmente, este miércoles se resolvió mediante juicio abreviado condenar al imputado a cumplir la pena de 8 meses de prisión de cumplimiento efectiva; unificación de penas: cumpliendo en total una condena de 1 año y dos meses de prisión de cumplimiento efectiva; prisión preventiva. Medidas de protección por dos años: Prohibición de acercamiento al domicilio a distancia no menor de 200 metros y de contacto. Prohibición de actos turbatorios.

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