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PASO 2023

Sanciones por no votar: multas económicas y limitaciones en trámites públicos

Están previstas en la normativa vigente para quienes no concurran a las urnas este 13 de agosto. Los detalles.

Edgardo Benitez, Secretario Electoral de San Juan.

El próximo domingo se celebran las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en todo el país. Esta elección, aunque oficia de "previa" y permite definir los candidatos y alianzas que participarán en las elecciones generales de octubre, es obligatoria.

La sanción por no votar en las elecciones 2023 puede ser de 50 pesos y las más altas llegan a los 500 pesos para los electores mayores de 18 años y menores de 70.

En este marco, el secretario electoral, Edgardo Benítez dialogó con Zonda Diario y destacó que "El monto de las multas no es actualizado desde el 2013, por eso es tan bajo el monto". Pero remarcó: "Ese no sería tanto el inconveniente, la sanción al no votar implica una dificultad a la hora de realizar trámites ante entidades de orden nacional, provincial y municipal por un año".

En esta línea, aclaró "Cuando pasa la elección, tiene 60 días para regular su situación en la Secretaría Electoral. Sino presentan los certificados pertinentes o pagando la sanción económica pasan a integrar la lista de infractores".

Vale resaltar quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Provincia de San Juan.

En otro de los temas, Edgardo Benítez charló respecto a qué hora estarán los primeros resultados y dijo: "Estimamos que estén después de las 21, esperamos a esa hora tener un número alto de mesas escrutadas. Vale aclarar, que al ser una elección nacional los resultados van a Buenos Aires vía electrónica y allá son cargados por una empresa contratada".

Si estoy enfermo y no puedo ir a votar ¿qué debo hacer?

Si no se puede ir a votar por motivos de salud, debe justificarse el mismo día de la elección por medio de un certificado expedido por un hospital público nacional, provincial o municipal, y en ausencia de éstos, por una o un profesional de la salud particular.

Las y los profesionales están obligados a responder el día de los comicios a tu requerimiento como electora o elector enfermo o imposibilitado, y deben concurrir a tu domicilio para verificar tales circunstancias y entregarte el certificado correspondiente. Acordate de presentar tu certificado dentro de los 60 días de celebrada la elección, ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda.

Si no voté en las PASO, ¿puedo votar en las generales?

Sí. Si figura en el padrón electoral y no votó en las PASO, tiene el derecho y la obligación de realizarlo en las elecciones generales del 22 de octubre.

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