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SUELO ACTIVO, SUEÑO CUMPLIDO

Suelo Activo, Sueño Cumplido: casi un 10% de los lotes se sortearán nuevamente

Este porcentaje de beneficiarios no cumplen con los requisitos del programa del Instituto Provincial de la Vivienda.

A principio de mayo, el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) dieron a conocer el padrón de los 930 adjudicatarios del programa "Suelo activo, sueño cumplido". En este marco, Marcelo Yornet, director del IPV dialogó con Zonda Diario y explicó "que hay entre un 5 y 10 por ciento de adjudicatarios que no cumplieron con los requisitos".

Ante esto, se le consultó a Yornet que pasará con estos los y detalló: "Cuando tengamos un número más exacto, vamos a tomar la decisión de sortearlos nuevamente, pero esto se hará las familias que ya están inscriptas".

Por otro lado, el titular del IPV detalló: "Para fin de año queremos que los adjudicatarios estén pagando los ahorros previos y esté encaminando para que cuando se termine la obra, asignarles el lote, para la construcción de la vivienda". 

SOBRE SUELO ACTIVO, SUEÑO CUMPLIDO

El programa atenderá a la necesidad de las familias sanjuaninas que no posean terreno ni vivienda. El objetivo es brindar la accesibilidad a un lote urbanizado con servicio de agua, gas y electricidad, más la asistencia financiera para construir la vivienda. El complejo está conformado por 930 lotes. Asimismo, contará con diversos prototipos de vivienda, que podrán ser seleccionados por los/las beneficiarios/as para construir su hogar.

Sobre los requisitos para acceder al programa

.Conformar un grupo familiar, el que puede estar compuesto por (Ley 196 – A):

 - Matrimonio con o sin hijos.

- Dos personas convivientes que posean unión civil convivencial.

- Persona con sus ascendientes (padres) o descendientes (hijos reconocidos).

- Hermanos.

Estar inscriptos en el registro permanente de postulantes del IPV:

Ingresos del Grupo Familiar: La suma de los ingresos formales netos deberán estar comprendidos entre los TRES y QUINCE sueldos mínimos, vitales y móviles, acreditando una antigüedad laboral mínima de 12 meses.

Todas las personas integrantes del grupo familiar deberán:

No ser propietarias/os de viviendas, terrenos o inmuebles.
No haber sido beneficiarias/os de subsidios, préstamos y/o viviendas por el IPV.
No haber sido beneficiarias/os de programas habitacionales nacionales, provinciales o municipales.
Tener residencia estable y publica en la provincia mayor a 2 años.
Presentar en tiempo y forma toda la documentación requerida por IPV.

Y demás requisitos exigidos por la Ley 196 – A, Resolución Reglamentaria 153 y 168 y demás normativas.

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