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Chile tiene un nuevo código de aguas para enfrentar la sequía

Gabriel Boric sanciona nuevo código de aguas

El anuncio se realizó el presidente Boric por medio de un video a través de las cuentas de Twitter de los ministerios de Obras Públicas y Medio Ambiente, donde se detalla que, por primera vez, se integra el cambio climático como un factor que amenaza y limita la disponibilidad de agua. Chile tiene un nuevo código de aguas para enfrentar la sequía

El Presidente Gabriel Boric firmó este viernes el nuevo Código de Aguas, normativa que regula el uso de los recursos hídricos del país. En la reforma priorizarán el acceso para el consumo humano y permitirá avanzar hacia una transición hídrica justa y un uso sustentable del vital elemento. Lo hizo a través de un video publicado por medio de las cuentas de Twitter de los ministerios de Obras Públicas y Medio Ambiente.
El nuevo código de aguas
El texto considera el cumplimiento de siete prioridades estratégicas de la Dirección General de Aguas (DGA). Estas están centradas en mejorar la información de recursos hídricos, la colaboración con organizaciones de usuarios de agua, la gestión estratégica de cuencas, la tramitación de expedientes, innovación tecnológica, la transparencia del funcionamiento y la actualización de la legislación de agua.
El proyecto fue despachado el pasado 12 de enero por el Congreso, luego de que el Senado aprobara el informe de la Comisión Mixta, la cual ya había sido aceptada previamente por la Cámara de Diputados.

En ministro de Obras Públicas, Juan Carlos García, explicó que esta reforma busca la "transición hídrica justa". Agregó que busca que "solucione los problemas de inequidad que padecen miles de personas en el acceso a este vital elemento"

Detalló además que con la nueva legislación se priorizará el derecho al acceso al agua para el consumo humano. Especialmente "en situaciones de escasez hídrica que afecta a más de la mitad de las personas que viven en nuestro país".

"Esta sequía nos obliga a trabajar con urgencia tanto en las ciudades como en el Chile profundo especialmente con las comunidades de agua potable rural. Nuestra realidad social y ambiental requiere avanzar en nuevas medidas para enfrentar con decisión el cambio climático". Esto se tiene que lograr "a través de una mirada integral del cuidado del agua desde lo social y lo ambiental", complementó.

La ministra de Medio Ambiente, Maisa Rojas, detalló que la firma de este nuevo Código de Aguas se concreta luego de once años de tramitación. Afirmó que ahora tienen "un instrumento que nos habilita y entrega oportunidades para hacer un uso más sustentable del agua".

Aseveró que, por primera vez, se integra el cambio climático como un factor que amenaza y limita la disponibilidad de agua. "Y muy importante, se protege la función ecosistémica del agua", acotó.

Según Greenpeace, Chile tiene la mayor crisis hídrica de todo el hemisferio occidental. El 76 % del territorio está afectado por la falta de agua.

Este factor se debe a la escasez de lluvias, porque en 2021 se evidenció el cuarto año más seco desde que se tienen registros. También se responsabiliza al régimen de propiedad de agua, que se encuentra en un 80% en manos privadas. Está sobre todo en manos de grandes empresas agrícolas, mineras y de energía.
Principales cambios
Respecto a los cambios que se efectuaron al Código de Aguas, la discusión en el Parlamento estuvo centrada en cuatro áreas de interés:
Consumo humano, saneamiento y usos domésticos de subsistencia, mejorándose la redacción para asegurar la coherencia en la denominación de los usos prioritarios y enfatizar su preferencia. En el caso de la extinción de los derechos sobre reservas, se mantuvo la posibilidad de impetrar recursos, pero acotando la suspensión del cumplimiento, en forma excepcional, a la reclamación.

"Aguas del minero":
se acordó que los concesionarios mineros deberán informar a la DGA para utilizar las aguas, fijando un plazo de 90 días, prorrogables por solo una vez, para que dicha repartición evalúe si la extracción afecta la sustentabilidad del acuífero o los derechos de terceros y manteniendo la restricción, acordada en el Senado, de que tales aguas solo pueden utilizarse en faenas de explotación. Asimismo, se precisó que, en caso de término, caducidad, extinción o renuncia de un derecho de aprovechamiento, las aguas quedarán libres para ser reservadas por el Estado y para la constitución de nuevos derechos sobre ellas.

Asuntos de carácter misceláneo:
Se faculta a la DGA para revisar, en cualquier momento, las circunstancias que dieron origen a la declaración del área de restricción y se obliga a una evaluación transcurridos cinco años.Características de las concesiones:
Los derechos nuevos, ahora sujetos a un plazo, se entenderán renovados, salvo que la DGA haya acreditado que no están en uso o que existe una afectación a la fuente. Se dispone que, para la renovación anticipada, la DGA deberá analizar la solicitud y renovarla solo en caso de no haber verificado que el derecho no se encuentra en uso y que no existe afectación ni se ponga en riesgo la sustentabilidad.
Por último, se estableció la prohibición de construir sistemas de drenaje en las zonas de turberas, incluyendo a la provincia de Chiloé, además de las Regiones de Aysén y de Magallanes.

Fuente: La Tercera

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