La Justicia Federal de Río Grande ordenó suspender el inicio o la continuidad de obras vinculadas con el proyecto petrolero Sea Lion, ubicado en las Islas Malvinas. La medida alcanza a Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited, a las que se les impide avanzar con perforaciones, instalaciones submarinas y el comienzo de la explotación.
La decisión fue adoptada por la jueza federal Mariel Borruto, que hizo lugar a una demanda cautelar. En el fallo citado por TN, la magistrada indicó que la presentación buscó frenar obras, impedir actos financieros destinados a posibilitar la ejecución del emprendimiento y comunicar la existencia del proceso a autoridades regulatorias y mercados de valores.
Alcance de la cautelar La jueza aclaró que la resolución “reviste naturaleza cautelar” y que, por ese motivo, no implica un pronunciamiento definitivo sobre la responsabilidad de las demandadas ni sobre la totalidad de las cuestiones incluidas en la acción principal. En ese marco, la medida apunta a preservar el estado de situación mientras avanza el expediente judicial.
Además, la orden intima a las compañías a presentar, dentro de los diez días de notificadas, una declaración jurada con documentación sobre el estado actual de Sea Lion. Entre los datos requeridos figuran el cronograma de construcción, perforación, instalación y comienzo de la explotación; la cantidad, ubicación y situación de los pozos; y las unidades flotantes y equipos de perforación contratados.
Información financiera y ambiental También deberán informar la estructura societaria utilizada para el proyecto, las entidades financieras y fondos que lo financiaron, los desembolsos hechos, comprometidos o pendientes, y las aseguradoras y reaseguradoras vinculadas. La jueza pidió, además, los estudios ambientales, los análisis de riesgo, las modelizaciones de derrames y los planes de contingencia, junto con las obras e instalaciones terrestres y portuarias ejecutadas o proyectadas en apoyo del emprendimiento.
El fallo incorpora, a su vez, la exigencia de detallar toda ampliación proyectada o incorporación de pozos vinculada con el emprendimiento. Según el texto citado, las actoras también solicitaron que se prohíba a las demandadas celebrar nuevos contratos de financiación, recibir desembolsos, efectuar pagos y transferencias, realizar aportes de capital, préstamos entre sociedades vinculadas, constituir garantías y afectar activos destinados al proyecto.




