El Gobierno nacional dispuso una nueva postergación en la implementación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), uno de los instrumentos creados por la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 para atender obligaciones derivadas de la extinción de relaciones laborales.
La medida quedó formalizada mediante el Decreto 1228/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei junto a los ministros Diego Santilli, Sandra Pettovello y Luis Caputo. La norma modifica aspectos centrales del Decreto 408/2026, que había reglamentado el régimen meses atrás.
En primer término, la disposición extiende hasta el 1° de diciembre de 2026 la entrada en vigencia del sistema. La aplicación había sido prevista originalmente para el 1° de junio de este año y luego ya había sido prorrogada hasta el 1° de noviembre. Según el texto oficial, la postergación responde a la necesidad de completar desarrollos informáticos, procedimientos operativos y mecanismos de coordinación entre organismos públicos y actores privados.
Carencia más extensa
La otra modificación relevante es la ampliación del período de carencia. Hasta ahora, el Decreto 408 fijaba un mínimo de seis períodos mensuales antes de que los fondos pudieran afrontar las obligaciones previstas por la ley. Con la nueva disposición, ese plazo pasa a ser de doce períodos mensuales completos y consecutivos. El cómputo comenzará desde el mes calendario en que quede registrada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la primera contribución efectivamente integrada por el empleador al fondo.
De acuerdo con los argumentos oficiales, la extensión busca permitir que los fondos acumulen un volumen suficiente de recursos en su etapa inicial, con el objetivo de asegurar solvencia, liquidez y capacidad financiera para afrontar obligaciones futuras. El Ejecutivo sostuvo que la experiencia del proceso de implementación y los planteos del sector mostraron que el plazo original de seis meses resultaba insuficiente para conformar un patrimonio inicial adecuado.
Alcance nacional
Los Fondos de Asistencia Laboral fueron creados por la Ley de Modernización Laboral como una herramienta destinada a cubrir determinadas obligaciones derivadas del cese de las relaciones de trabajo. El sistema alcanzará a los empleadores del sector privado de todo el país, con excepción de los casos expresamente excluidos por la propia ley y de las relaciones laborales del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos Aires. En la implementación intervienen el Ministerio de Economía, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Comisión Nacional de Valores (CNV) y ARCA.
El Gobierno señaló además que los fondos deberán instrumentarse a través de Fondos Comunes de Inversión Abiertos y Fideicomisos Financieros supervisados por la CNV, un esquema que requiere nuevas herramientas operativas. En los considerandos, la administración nacional indicó que la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI), la Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de Inversión Directa en Actividades Productivas (CAFIDAP) y la Cámara de Agentes de Bolsa (CADAB) habían pedido una extensión de los plazos para completar las adecuaciones necesarias. Según el decreto, las modificaciones no alteran los objetivos centrales de la reforma laboral y apuntan a garantizar una aplicación ordenada del régimen cuando entre en vigencia el 1° de diciembre.




