Dos hombres mayores de edad fueron sobreseídos en Rawson tras ser aprehendidos cuando intentaban sacar de una finca un rollizo de madera de aproximadamente cuatro metros. La causa había quedado encuadrada, en principio, como presunto hurto simple en grado de tentativa y pasó por el procedimiento especial de Flagrancia. La resolución judicial se apoyó en el criterio de mínima lesividad e insignificancia previsto en el artículo 356, inciso 7, del Código Procesal Penal.
El episodio ocurrió el sábado 26 de septiembre, cerca de las 20.17, cuando los dos hombres ingresaron a una finca ubicada en Rawson. El predio tenía sectores delimitados por un cierre perimetral, aunque también presentaba zonas con cercos precarios o sin protección. Según la reconstrucción del caso, una vez adentro tomaron un palo rollizo de madera y comenzaron a trasladarlo con la intención de sacarlo del terreno.
Intervención vecinal La maniobra fue advertida por una vecina que vive junto a la finca y además cumple funciones como casera. La mujer escuchó que sus perros ladraban hacia el interior del predio, se acercó a verificar qué ocurría y encontró a los dos hombres en plena acción. Luego avisó a sus hijos, quienes salieron de la vivienda y lograron retener a los sospechosos mientras daban aviso al 911.
Poco después llegaron efectivos de la Comisaría 25ª, que patrullaban por la zona, y tomaron intervención en el procedimiento. También se presentó el propietario de la finca, quien radicó una denuncia penal y sostuvo que anteriormente había sufrido otros robos en el mismo lugar. A partir de esa actuación, se dio aviso a la Base Acusatorio UAT y luego intervino el Ayudante Fiscal de turno, que comunicó el caso al fiscal correspondiente.
Decisión fiscal La fiscal Yanina Galante intervino en el legajo caratulado contra Thiago Agustín Barrera y Nicolás Alejandro Correa Pérez. Tras analizar las circunstancias del hecho, resolvió el sobreseimiento de ambos. La decisión cerró la causa sin condena, pese a que los imputados habían sido aprehendidos en el lugar cuando intentaban concretar la sustracción.
El desenlace dejó firme que la persecución penal no continuó por entenderse que la conducta investigada no alcanzaba la entidad necesaria para sostenerla. El dato relevante para el expediente es que el caso quedó encuadrado dentro de la figura de mínima lesividad e insignificancia. En esa línea, el sobreseimiento se dictó luego de la valoración judicial de un hecho que había sido calificado inicialmente como tentativa de hurto simple.




