La UFI Delitos Especiales, a cargo del fiscal Roberto Ginsberg, resolvió no avanzar con la persecución penal contra el juez de Faltas Enrique Mattar por el accidente de marzo pasado y aplicó un criterio de oportunidad. La decisión quedó atada a que el motociclista involucrado no convierta la acción pública en privada dentro de un plazo de 60 días. Si ese paso no se concreta, el magistrado será sobreseído por el delito de lesiones culposas.
Según la resolución citada en la causa, el Ministerio Público Fiscal entendió que el episodio no reviste “extrema gravedad” y que puede ser calificado como de “mínima entidad” o “insignificante” en términos del interés público comprometido. La fiscalía sostuvo además que no hay elementos que evidencien “grave imprudencia” en la conducción del automotor. En ese marco, dispuso prescindir de la acción penal, una salida prevista por la legislación procesal cuando el hecho no afecta mayormente el interés público, salvo supuestos vinculados con abuso de cargo por parte de un funcionario público.
Antecedentes del caso
Mattar quedó imputado tras una investigación preliminar por un siniestro vial en el que, según la acusación inicial, habría pasado un semáforo en rojo, chocado contra una moto y no frenado. A pedido de Ginsberg, el juez Matías Parrón dispuso una investigación penal preparatoria de cuatro meses, plazo que venció a fines del mes pasado. En ese trámite, la defensa del magistrado, encabezada por el abogado Mario Padilla, intentó cerrar el conflicto mediante una reparación integral del daño en dos oportunidades, pero el acuerdo no prosperó.
La discusión jurídica
Sin conciliación, la defensa pidió que se aplique el criterio de oportunidad, una herramienta legal que permite desistir de la acción penal cuando el hecho es de escasa relevancia, la contribución del imputado es mínima o su culpabilidad es reducida. Para sostener ese planteo, citó otros casos en los que la fiscalía no impulsó causas por lesiones de mayor entidad, entre ellos un motociclista con fractura de muñeca, una mujer con traumatismo de columna y otra persona con fractura articular completa y de la paleta humeral izquierda. En el expediente de Mattar, la fiscalía tomó como referencia el informe médico, que consignó lesiones leves y 10 días de incapacidad, además de la existencia de una póliza de seguro vigente al momento del hecho.
Próximo paso
La resolución establece que la presunta víctima puede “reconvertir la acción”, es decir, asumir la acusación de manera particular y continuar el trámite como juicio por delitos de acción privada. Ese paso debe concretarse dentro de los sesenta (60) días de notificada la aplicación del criterio de oportunidad. Si no hay conversión en ese plazo, el fiscal dejó asentado que corresponderá disponer el sobreseimiento de Enrique Mattar por lesiones culposas.




