La Justicia de San Juan homologó este lunes 31 de agosto de 2026 la suspensión del proceso contra Omar Alejandro Décima Garay, imputado por lesiones graves y amenazas tras una agresión ocurrida en Rivadavia. La resolución dejó el expediente sujeto al cumplimiento de condiciones durante un año, entre ellas tareas comunitarias, una reparación económica y una restricción de acercamiento.
El hecho investigado ocurrió la noche del 8 de agosto de 2025, cerca de las 22:30, cuando la víctima estaba sentada frente a su domicilio. Según la causa, Décima Garay se acercó y, sin que mediara una discusión previa en ese momento, le dio una patada en el rostro. El golpe le produjo lesiones en ambos ojos, el pómulo izquierdo y el tabique, además de sangrado.
La investigación también atribuyó al imputado amenazas mediante insultos y la exhibición de un cuchillo. Ese tramo del expediente fue incorporado como parte del concurso real de delitos, es decir, la acumulación de más de una figura penal en una misma causa. A partir de las pruebas reunidas, la UFI Genérica impulsó la investigación penal contra Décima Garay como presunto autor de lesiones graves y amenazas.
Antecedente del conflicto
De acuerdo con lo establecido durante la investigación, entre las partes existía una disputa previa de vieja data vinculada con cuestiones de dinero. Ese contexto fue considerado por la fiscalía al encuadrar el caso y avanzar con la acusación. No obstante, la resolución judicial adoptada este 31 de agosto de 2026 no implicó una condena, sino la aplicación de una salida alternativa condicionada al cumplimiento de reglas de conducta.
Condiciones fijadas
El juez de Garantías Guillermo Adárvez homologó el acuerdo y dispuso que el imputado realice 24 horas mensuales de tareas comunitarias durante 3 meses en la Municipalidad de Rivadavia o en el lugar que determine la OMA. Además, deberá pagar una reparación simbólica de $150.000 a favor del denunciante, en 3 cuotas de $50.000 con vencimiento el 15 de septiembre, 15 de octubre y 15 de noviembre de 2026. También se fijó por un año la prohibición de acercamiento y de cualquier acto que pueda resultar perturbador para la víctima.
Con esas condiciones, el expediente quedó abierto al control del cumplimiento de las reglas impuestas por la Justicia durante el período de suspensión. Si las obligaciones se incumplen, la causa puede retomar su trámite en el fuero penal.




