La Justicia de San Juan imputó a Raúl Enrique García, conductor de un Peugeot 2008, por el delito de homicidio culposo por conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria, en el marco de la causa que investiga la muerte de la ciclista Rosana Elina Patiño, de 59 años. La formalización de la investigación penal preparatoria se realizó en una audiencia presidida por la jueza de garantías Flavia Allende. El hecho ocurrió el 25 de agosto en la intersección de calles Juan Jufré y Aberastain, en el barrio Concepción de Capital. La acusación estuvo a cargo de la UFI Delitos Especiales N° 4, representada por el fiscal Roberto Ginsberg y el ayudante fiscal Emiliano Pugliese.
El argumento fiscal
El eje de la acusación giró en torno a desestimar el planteo inicial de la defensa, que invocaba la prioridad de paso de García por circular por la derecha en una esquina sin semáforos ni señalización. Los fiscales Ginsberg y Pugliese sostuvieron que "este principio de prioridad no es impunidad" y remarcaron que esa regla ordena el tránsito, pero no habilita a que quien circula por la derecha "pase a la velocidad que quiera y sin cumplir con otras reglas de conducta". "La prioridad de paso ha quedado obsoleta si se la interpreta de manera aislada, no significa que esto es una carrera para llegar primero. Se tiene que respetar, ser cauto y respetuoso", plantearon ante la jueza Allende. Según la reconstrucción presentada por el Ministerio Público Fiscal, García tenía la obligación de mirar hacia el este y reducir la velocidad, pero no realizó ninguna maniobra de frenado antes del impacto.
A este planteo se sumó un dato aportado por el acta del primer interventor policial, que registró que el vehículo circulaba en contramano al momento del choque, según se informó durante la audiencia. Para la Fiscalía, ese conjunto de elementos configuró la conducción imprudente que motivó la imputación por homicidio culposo. El dosaje toxicológico practicado a García arrojó 0,0 gramos de alcohol en sangre, de acuerdo con lo informado en la audiencia.
Cómo fue el choque
De acuerdo con la reconstrucción fiscal, minutos antes de las 17 horas del 25 de agosto, Patiño circulaba en bicicleta de este a oeste por calle Juan Jufré, a baja velocidad, y ya había comenzado a cruzar la intersección con Aberastain. El Peugeot 2008 conducido por García avanzaba de norte a sur por Aberastain. Al advertir que el vehículo no frenaba, la ciclista intentó esquivarlo, pero fue alcanzada por la parte frontal derecha del rodado, impactó contra el capó y fue arrastrada varios metros antes de quedar tendida sobre el asfalto. Una ambulancia del sistema 107 la trasladó de urgencia con un traumatismo encéfalo craneano grave y politraumatismos.
Las pericias médicas determinaron que sufrió lesiones irreversibles en el cráneo, con hematomas y hemorragias, según se detalló en la audiencia. Patiño permaneció internada en terapia intensiva durante tres días y falleció el 28 de agosto. Durante la audiencia, el ayudante fiscal Pugliese destacó que, pese a su fallecimiento, "Patiño se fue dando sus órganos", en referencia a la donación de órganos realizada tras su muerte.
Medidas solicitadas
El Ministerio Público Fiscal solicitó un plazo de 8 meses para la investigación penal preparatoria. Además, requirió la aplicación de medidas de coerción previstas en el artículo 295, incisos 1, 3 y 4, del Código Procesal Penal: la presentación periódica de García ante la comisaría más cercana a su domicilio, la prohibición de salir de la provincia sin autorización judicial y la obligación de someterse al proceso sin entorpecerlo. Como medida cautelar central, la Fiscalía pidió inhabilitarlo para conducir cualquier vehículo con motor durante 4 meses y que se someta a un examen médico y mental, ante la posibilidad de que un problema de salud incida en su capacidad de conducción.
La defensa
El abogado defensor de García, el doctor Reinoso, cuestionó la acusación y sostuvo que aún no fue probada la responsabilidad de su asistido. El letrado remarcó que la Ley Nacional de Tránsito "es una ley que deben cumplir todos" y que "no podemos hacer una conclusión de que un vehículo de mayor o menor porte tiene prioridad", al tiempo que señaló que el artículo 41 de esa norma "no hay una excepción que favorezca a la víctima". Según trasladó Reinoso, García le manifestó que circulaba a 20 kilómetros por hora o menos y que la ciclista "no paró la marcha nunca".
La jueza Allende hizo lugar a las medidas solicitadas por la Fiscalía. García, quien manifestó ser oriundo del departamento Rivadavia, quedó inhabilitado para conducir cualquier vehículo con motor por el plazo de 4 meses, mientras continúa la investigación penal preparatoria. Datos a seguir: la causa se extenderá por 8 meses y resta conocerse el resultado del examen médico y mental ordenado sobre el imputado.




