Las hermanas Cintia Guardia Cabrera y Mariana Guardia Cabrera quedaron imputadas en una audiencia de formalización por una seguidilla de robos en comercios del Gran San Juan. La investigación está a cargo del fiscal Miguel Ángel Gay, de la UFI Delitos contra la Propiedad, quien sostuvo que actuaban de manera coordinada bajo la modalidad conocida como “mecheras”. La Justicia les impuso dos meses de prisión preventiva, aunque con modalidades distintas para cada una. El caso quedó bajo control judicial mientras avanza la recolección de prueba.
Según la acusación fiscal, las mujeres ingresaban a locales de distintos rubros y aprovechaban distracciones de los empleados para apoderarse de mercadería y objetos de valor. Luego ocultaban los elementos entre sus ropas para retirarse del lugar sin ser advertidas, de acuerdo con la reconstrucción realizada en la investigación. El Ministerio Público Fiscal entendió que el material reunido justificaba la medida de coerción solicitada. Esa decisión busca asegurar la continuidad del proceso y evitar riesgos procesales mientras se define la situación penal de las imputadas.
Medidas diferenciadas
Una de las hermanas, que según la causa ya registra condenas previas, fue trasladada al Servicio Penitenciario Provincial de Chimbas para cumplir la preventiva de manera efectiva. La otra obtuvo arresto domiciliario por estar embarazada, también por el plazo de dos meses. En ambos casos, la medida fue ordenada por la Justicia a partir del planteo del fiscal Gay. La diferencia en el cumplimiento responde a la situación personal informada durante la audiencia.
Próximos pasos
La investigación continuará con la producción de pruebas y con la definición de eventuales nuevas imputaciones o requerimientos fiscales, según avance el expediente. La resolución de preventiva marca una etapa procesal relevante porque fija restricciones de libertad mientras se analiza la responsabilidad penal de las acusadas. En paralelo, el expediente seguirá bajo la órbita de la UFI Delitos contra la Propiedad. El plazo de dos meses quedó establecido como referencia inmediata para la revisión de la medida y la evolución de la causa.
