El Ministerio Público Fiscal de San Juan logró la condena de Alejandro Esequiel Jofré a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de defraudación por engaño en 53 hechos, en concurso real. La sentencia fue dictada luego de que el juez Matías Parrón homologara el acuerdo de juicio abreviado celebrado entre la Fiscalía y la defensa técnica. En ese marco, Jofré reconoció los hechos atribuidos y su autoría.
La maniobra investigada estuvo a cargo del fiscal Guillermo Heredia y fue atribuida a Jofré mientras se desempeñaba como agente del Servicio Penitenciario Provincial. Según la acusación, captó dinero de compañeros de trabajo, familiares, amigos y otras personas mediante el ofrecimiento de inversiones con altos rendimientos. La Fiscalía sostuvo que se presentaba como inversor y financista, y que buscaba reforzar esa apariencia con referencias a emprendimientos, negocios y supuestos vínculos con la Municipalidad de Angaco.
La investigación señaló que también exhibía vehículos, saldos bancarios y otros elementos para sostener una imagen de solvencia. Sobre esa base, ofrecía ganancias de hasta el 50% en plazos de entre 30 y 60 días, montos que la pesquisa ubicó por encima de los rendimientos habituales del sistema financiero. En varios casos, además, realizó devoluciones iniciales de capital e intereses, mecanismo que habría servido para generar confianza y promover nuevas entregas de dinero.
Víctimas y perjuicio La causa determinó 53 hechos independientes de estafa y un perjuicio económico total de $264.395.400. Las víctimas entregaron en conjunto más de $323 millones mediante transferencias bancarias, billeteras virtuales y efectivo, aunque parte de esos fondos fue restituida en distintas operaciones. Entre los damnificados se cuentan principalmente agentes del Servicio Penitenciario Provincial, aunque también hubo policías, empleados municipales, comerciantes, profesionales, jubilados y familiares de otros afectados.
La pesquisa incorporó 53 denuncias, más de 180 comprobantes de transferencias y operaciones con billeteras virtuales, conversaciones de WhatsApp, pagarés y documentación vinculada con las operaciones. También reunió informes de entidades financieras y organismos públicos para establecer la titularidad y el movimiento de las cuentas utilizadas, reconstruir las transferencias y verificar la inexistencia de varias de las actividades comerciales y financieras invocadas como respaldo. Según la Fiscalía, el dinero fue enviado en numerosas oportunidades a cuentas del propio condenado, de familiares, de su pareja y de terceros indicados por él.
Próximos pasos Al fijar la pena, la Fiscalía ponderó la cantidad de víctimas, la magnitud del perjuicio, la extensión temporal de la maniobra, la pluralidad de hechos y el aprovechamiento de la confianza derivada de los vínculos laborales. Como atenuantes, se consideraron la ausencia de antecedentes condenatorios, la edad del imputado, el reconocimiento de los hechos y su sometimiento al proceso. La sentencia incluyó el mantenimiento y actualización de las medidas cautelares patrimoniales hasta cubrir el monto del perjuicio, además del decomiso de los bienes que correspondan y la restitución de efectos secuestrados identificados como pertenecientes a los damnificados.




