El juez Matías Francisco Parrón condenó a Federico Daniel Gutiérrez a 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional por los delitos de estafa y retención indebida. La resolución se dictó en el marco de un juicio abreviado y evita el encierro efectivo. Según fuentes judiciales, el condenado permanecerá en libertad mientras cumpla las condiciones fijadas por el tribunal.
La causa fue tramitada por la UFI Delitos Informáticos y Estafas, a cargo del fiscal Guillermo Alberto Heredia, con defensa particular del abogado Manuel Giménez Puchol. El juicio abreviado es un mecanismo procesal que permite resolver un caso con acuerdo entre las partes y homologación judicial. En este expediente, el magistrado hizo lugar al planteo y declaró a Gutiérrez autor de ambos delitos.
Reglas de conducta Como parte de la condena condicional, Gutiérrez deberá constituir un domicilio real y someterse al control del Patronato de Condenados, Liberados y Presos. También tendrá que presentarse ante ese organismo cada vez que sea citado. Estas obligaciones rigen durante el mismo plazo de la pena impuesta y su incumplimiento puede derivar en consecuencias procesales.
Prohibición de acercamiento La resolución judicial además dispuso que no podrá acercarse a los denunciantes ni realizar actos molestos o turbatorios contra ellos, de manera personal o a través de terceros. Esa restricción se mantendrá vigente durante el período de la condena. El fallo también aclara que Gutiérrez seguirá en libertad, sin perjuicio de que pueda quedar a disposición de otra autoridad judicial que eventualmente lo requiera.
La decisión cierra una etapa del expediente penal con una pena de cumplimiento no efectivo y controles posteriores sobre el condenado. El dato relevante para el caso es que la sentencia quedó firme en un esquema de libertad condicional, con reglas concretas de conducta y una restricción expresa de contacto con los denunciantes.




