La Justicia de San Juan condenó este lunes 14 de septiembre a Tejada L. a tres años de prisión de cumplimiento condicional, tras declararlo culpable del delito de abuso sexual simple agravado por la convivencia contra una menor de edad.
La resolución se dictó en una audiencia de Juicio Abreviado, mecanismo procesal que permite cerrar un caso mediante acuerdo entre el Ministerio Público Fiscal, la defensa y el imputado, sujeto a control judicial. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Dra. Ingrid Schott, con intervención de las ayudantes fiscales Laura Maldonado y Gabriela Molina, y colaboración de la Dra. Gisela Pons.
Hecho investigado
Según lo acreditado en el proceso, el episodio ocurrió a comienzos de 2021 en el interior de una vivienda familiar ubicada en el departamento Rawson. La acusación sostuvo que el condenado aprovechó la convivencia y la relación de confianza con la víctima para acercarse por detrás mientras la menor estaba sentada y realizar un tocamiento sobre sus pechos por debajo de la musculosa que vestía. La conducta fue encuadrada en el artículo 119 del Código Penal, bajo la figura de abuso sexual simple agravado por la convivencia.
Resolución judicial
Durante la audiencia celebrada el 14 de septiembre de 2026 ante la jueza de Garantías, el tribunal homologó el acuerdo y declaró penalmente responsable a Tejada L. como autor del delito previsto en el artículo 119, primer y quinto párrafo, en función del cuarto párrafo, inciso f, del Código Penal, en calidad de autor conforme al artículo 45. La pena impuesta fue de tres años de prisión condicional, por lo que no deberá cumplirla en un establecimiento penitenciario mientras respete las condiciones fijadas por la Justicia.
Medidas de restricción
Además de la condena, la sentencia ordenó reglas de conducta previstas en el artículo 27 bis del Código Penal. Entre ellas, se dispuso la prohibición de acercamiento y de cualquier tipo de contacto con la víctima, ya sea de manera directa o a través de terceras personas. También se estableció la prohibición de realizar actos que puedan resultar turbatorios para la menor. Con esa decisión, el expediente quedó cerrado en esta instancia con una pena condicional y restricciones vigentes sobre el condenado.




