El Gobierno reglamentó el Régimen Penal Juvenil establecido por la Ley 27.801, aplicable a adolescentes desde los 14 años hasta las cero horas del día en que cumplen 18 años. La medida fue formalizada mediante el Decreto 875/2026, publicado en el Boletín Oficial. La norma apunta a los casos de jóvenes imputados por delitos y fija como finalidad la educación y la reinserción social.
El decreto designa al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal. Según el texto oficial, el régimen busca “fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”. Además, prevé mecanismos para el seguimiento de los jóvenes, la asistencia a las víctimas y la coordinación con las provincias.
Organización de la implementación
La reglamentación crea el Comité de Justicia Interministerial del Régimen Penal Juvenil, un dispositivo permanente encargado de coordinar la aplicación de la Ley 27.801. Entre sus funciones figuran la articulación entre los ministerios involucrados, la elaboración de lineamientos comunes en prevención y reinserción, y el intercambio de información estadística y técnica. El comité estará integrado por un representante del Ministerio de Justicia, que ejercerá la coordinación, y por representantes del Ministerio de Seguridad Nacional, el Ministerio de Capital Humano y el Ministerio de Salud.
Alcance federal
La norma también crea la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, destinada a articular entre el orden nacional, las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ese ámbito promoverá la armonización de criterios y el intercambio de buenas prácticas para la implementación del régimen. La mesa estará integrada por un representante de la Autoridad de Aplicación, junto con los representantes designados por las provincias y la ciudad, además de miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación.
La Ley 27.801 fue sancionada el 27 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo, con entrada en vigencia prevista para 180 días después de su publicación. El decreto reglamentario comenzará a regir junto con la ley. Con esa secuencia, la implementación queda atada a la puesta en marcha de los mecanismos administrativos y federales previstos en la norma.




