La Pastoral Judicial exhortó a las autoridades a evitar que la aplicación del nuevo régimen penal juvenil profundice la vulnerabilidad de niños, niñas y adolescentes en la Argentina. El planteo fue difundido a horas de la entrada en vigencia de la Ley 27.801, que el comunicado vinculó con la responsabilidad penal desde los 14 años. La entidad sostuvo que la privación de la libertad debe quedar reservada como medida excepcional y de última instancia.
Contexto social
El pronunciamiento incorporó datos del Observatorio de la Deuda Social Argentina de la UCA, según los cuales durante el año pasado más de la mitad de los niños, niñas y adolescentes vivía en hogares pobres y más del 10% se encontraba en la indigencia. La Pastoral Judicial situó ese cuadro como un antecedente central para evaluar el alcance del régimen penal juvenil. En ese marco, advirtió que una respuesta penal sin contención social puede recaer sobre menores atravesados por la exclusión.
Exclusión y narcotráfico
La entidad también expresó preocupación por los escenarios en los que el Estado se repliega y avanza el narcotráfico. Esa combinación fue señalada como un factor que puede agravar la situación de adolescentes ya expuestos a violencias estructurales y carencias materiales. El documento no cuestionó la vigencia de la ley, pero sí pidió que su aplicación no desconozca las condiciones sociales de origen.
Reglas citadas
El texto recuperó las denominadas “Reglas Papa Francisco para el trato de personas excluidas” y recordó el principio según el cual no debe imponerse prisión por situaciones que sean consecuencia directa de la exclusión, de violencias estructurales o de impedimentos materiales. Con esa referencia, la Pastoral Judicial buscó anclar su postura en un criterio de proporcionalidad frente a la respuesta estatal. El eje del planteo fue que la sanción penal no sustituya políticas de protección y acompañamiento.
La advertencia quedó formulada en el mismo momento en que comenzó a regir el nuevo esquema legal, por lo que su aplicación concreta y el modo en que intervengan los organismos judiciales y de protección serán variables a seguir. El comunicado no precisó medidas adicionales, pero dejó planteado el criterio de excepcionalidad para la privación de libertad en menores de edad.




