La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala III, habilitó una nueva apelación del Gobierno en la causa por el financiamiento universitario. La decisión permite revisar el planteo contra la continuidad de la ejecución de la medida cautelar que ordena actualizar los salarios de docentes y no docentes y garantizar los fondos para las becas estudiantiles. El tribunal no se pronunció sobre el cumplimiento de la cautelar ni sobre su vigencia.
Alcance del planteo Con esta resolución, el Estado podrá discutir ante la Cámara dos decisiones de primera instancia vinculadas con el cumplimiento de esa orden judicial. Una se refiere a la intimación para acatar la cautelar bajo apercibimiento de multas diarias, que quedaron suspendidas provisoriamente el 15 de octubre. La otra es la que ahora quedó habilitada para revisión y cuestiona que siga adelante el trámite de ejecución de la medida. Los jueces aclararon que conceder la apelación no implica “adelantar opinión acerca del cabal cumplimiento o no de la medida cautelar”.
Origen del incidente La presentación que llegó a la Cámara se originó en una providencia del 9 de octubre. En esa resolución, el juez Martín Cormick dispuso que se elevara a la Cámara la causa principal, en la que ya había dictado una sentencia de primera instancia, y al mismo tiempo hizo saber que continuaría el trámite para ejecutar la cautelar dentro de un incidente separado. El Gobierno apeló esa decisión, pero el magistrado rechazó el recurso el 14 de octubre.
Luego, el Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación presentaron una queja ante la Cámara para que revisara esa denegatoria. La Sala III hizo lugar al planteo y concedió la apelación, que deberá tramitarse en primera instancia. Según el Estado, ya había cumplido íntegramente con la cautelar y la medida tenía un límite temporal que, de acuerdo con su interpretación, ya habría vencido.
Debate sobre la vigencia El Gobierno sostuvo además que mantener abierta la ejecución podía obligarlo a cumplir una orden que considera sin vigencia. También advirtió sobre la posibilidad de sanciones conminatorias si no cumplía dentro del plazo fijado, pese a que, según su planteo, no existía una liquidación concreta de las sumas reclamadas. La Cámara consideró que la denegatoria de la apelación podía generar un “gravamen irreparable” para el Estado y habilitó su revisión.
La nueva decisión se suma a la resolución del 15 de octubre, cuando la misma Sala III admitió una queja oficial y dispuso que se tramitara con efecto suspensivo la apelación contra las multas de $100.000 diarios impuestas al jefe de Gabinete, Diego Santilli. Esa medida dejó las sanciones en pausa mientras avanza el recurso, aunque tampoco resolvió si el Gobierno había cumplido con la cautelar. La causa fue iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional contra el decreto 759/2025, que condicionó la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a que el Congreso identificara las fuentes de los recursos.
El 6 de octubre, Cormick declaró inconstitucional esa condición y ordenó aplicar la norma. La cautelar discutida en los incidentes exige actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas y garantizar los fondos para las becas estudiantiles de acuerdo con los parámetros previstos por la ley. El expediente principal sigue en trámite y la discusión sobre la ejecución de la medida continuará en las instancias correspondientes.




