Este miércoles, Marcelo Corazza fue absuelto en la causa en la que se lo investigaba por integrar una red de corrupción de menores y asociación ilícita. La decisión fue adoptada por el juez del Tribunal Oral Federal N° 3, que entendió que los delitos atribuidos ya habían prescripto. La resolución cerró, para ese imputado, la etapa de juzgamiento con una definición basada en un criterio procesal y no en una declaración de inocencia material sobre los hechos investigados.
La prescripción es la extinción de la acción penal por el paso del tiempo fijado por la ley, un instituto que impide continuar con el proceso cuando se supera ese plazo. En consecuencia, a Corazza le levantaron la vigilancia mediante dispositivo electrónico, la prohibición de salir del país y el embargo sobre sus bienes. La medida tiene efectos directos sobre su situación personal y patrimonial, y marca el alcance concreto de la sentencia dictada en el expediente.
Otras condenas y absoluciones
En el mismo veredicto, Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo fue condenado a 22 años de prisión como autor de los delitos de trata de personas, abuso sexual con acceso carnal y promoción de la corrupción de menores de 18 años. Además, Raúl Ignacio Mermet recibió una pena de 10 años de cárcel como partícipe necesario de trata de personas. También fueron absueltos Leandro Agustín Aguiar y Andrés Fernando Charpenet, quienes estaban acusados por trata de personas y asociación ilícita.
Según el material original, el fiscal había pedido la absolución de Corazza por el mismo motivo que luego sostuvo el juez, es decir, la prescripción. Por ese antecedente, desde el mes pasado se especulaba con un eventual fallo favorable para el productor. Esa referencia muestra que la discusión procesal ya estaba planteada antes del veredicto y que la definición judicial no sorprendió dentro del expediente.
Antecedentes públicos del caso
En agosto del año pasado, Marcelo Corazza fue abordado por la periodista Mercedes Ninci, quien le preguntó cómo iba a llevar adelante el proceso. “Me voy a defender donde me tengo que defender. La causa es un horror. No tengo nada que ver, soy inocente desde el primer día y tengo cómo demostrarlo”, respondió en un video difundido por la periodista en sus redes sociales. Luego, ante la cercanía del celular, le pidió: “No me acerqués tanto el teléfono, Mercedes”.
La resolución conocida este miércoles deja un cuadro procesal diferenciado entre los imputados alcanzados por condena y quienes quedaron fuera del proceso por prescripción o absolución. En términos prácticos, el expediente mantiene relevancia por las penas impuestas a otros acusados y por el efecto jurídico que tuvo el vencimiento de los plazos respecto de Corazza. El caso queda ahora sujeto a las eventuales instancias recursivas que puedan promover las partes, mientras las medidas cautelares ya quedaron sin efecto para el absuelto.




