El reclamo de la Universidad Nacional de San Juan contra el ingeniero Alfredo Daroni por la muerte del estudiante Fernando Reinoso sumó una nueva instancia judicial en San Juan. El único condenado por el fallecimiento presentó su contestación de demanda y negó que la casa de altos estudios pueda exigirle el reintegro de la indemnización que debió afrontar. La acción promovida por la universidad reclama $10.335.116,37 más intereses.
En un escrito de 28 páginas, Daroni pidió que la demanda sea rechazada en su totalidad y que la universidad cargue con las costas del proceso. Entre sus planteos centrales sostuvo que la acción de repetición está prescripta, que no fue parte del juicio civil iniciado por la familia de Reinoso y que la condena penal no alcanza, por sí sola, para trasladarle el pago que hizo la UNSJ. La presentación quedó en manos del juez federal Leopoldo Rago Gallo, en el expediente que tramita en la Justicia Federal de San Juan.
Plazo discutido
La defensa ubicó uno de sus principales argumentos en la prescripción, es decir, en el vencimiento del plazo legal para reclamar judicialmente. Según el escrito, la sentencia civil que condenó a la universidad quedó firme el 18 de septiembre de 2018, mientras que la acción de repetición fue promovida recién el 7 de mayo de 2026. Sobre esa base, Daroni sostuvo que transcurrieron casi ocho años entre ambos momentos y que el reclamo quedó fuera del término previsto. También citó la normativa que regula la responsabilidad del Estado y fija un plazo de tres años desde la sentencia firme que determinó la indemnización.
Derecho de defensa
Otro eje de la contestación apunta al trámite del juicio civil que inició la familia de Reinoso contra la UNSJ. Daroni afirmó que nunca fue citado como tercero interesado en ese proceso, pese a que la causa penal por la muerte del estudiante ya estaba en curso. Según su planteo, si la universidad pensaba después reclamarle el dinero, debió pedir su intervención en ese expediente para permitirle ejercer su defensa. En ese marco, sostuvo que la sentencia que obligó a la casa de altos estudios a indemnizar a la familia no puede serle opuesta sin haber participado del litigio.
Condena penal y reclamo económico
La defensa también cuestionó que la UNSJ utilice la condena penal como fundamento suficiente para exigirle el reintegro. Daroni sostuvo que la responsabilidad objetiva atribuida a la universidad, en su carácter de propietaria o guardiana de una cosa riesgosa, no equivale automáticamente a una responsabilidad personal del funcionario. En esa línea, argumentó que no alcanza con acreditar que el Estado pagó una indemnización, que existió una sentencia civil condenatoria o incluso que hubo una condena penal para habilitar la acción de repetición. El planteo busca diferenciar las responsabilidades fijadas en los distintos procesos judiciales.
Antecedentes del caso
Fernando Reinoso murió en marzo de 2010 tras sufrir una descarga eléctrica en las instalaciones del Aula de la Asociación de Estudiantes de Ingeniería en Agrimensura (AEDIA), dentro de la Facultad de Ingeniería de la UNSJ. A raíz de ese hecho, la familia promovió una demanda civil contra la universidad, que terminó con una sentencia firme el 18 de septiembre de 2018 y una indemnización superior a $10 millones. En el ámbito penal, Daroni fue el único condenado por la muerte del estudiante y recibió tres años de prisión condicional, pena confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal en diciembre de 2023. En ese mismo proceso habían sido condenados el exrector de la UNSJ, Oscar Nasisi, y el exsecretario de Obras, Joaquín Roso, pero Casación Federal los desvinculó de responsabilidad.
Próximos pasos
El expediente tramita ante la Justicia Federal de San Juan, con el juez Leopoldo Rago Gallo como magistrado subrogante, después de la jubilación de Miguel Ángel Gálvez. La causa está en la Secretaría N° 2, a cargo de Claudia Bondanza. Antes de avanzar, el magistrado había pedido a la UNSJ que informara cuándo fue notificado Daroni de la demanda para determinar si la contestación ingresó en término. La defensa afirmó que esa notificación se produjo recién el 29 de julio de 2026 y que respondió dentro del plazo procesal. Ahora la Justicia Federal deberá resolver si el reclamo fue presentado a tiempo, si corresponde la acción de repetición y qué alcance puede tener la condena penal frente al pedido económico de la universidad.




