La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la absolución dictada en 2021 a favor del militar retirado Juan Carlos Méndez Casariego y confirmó de manera definitiva la condena a 18 años de prisión que la Justicia Federal de San Juan le había impuesto por delitos de lesa humanidad.
El fallo respaldó la actuación del Ministerio Público Fiscal de San Juan, conducido por Francisco Maldonado, al hacer lugar al recurso presentado por el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, contra la absolución previa.
Antecedentes del caso
La controversia se remonta al cierre del segundo Megajuicio de San Juan, en octubre de 2018, cuando el Tribunal Oral Federal juzgó los crímenes cometidos por la agrupación represiva que actuó en la provincia durante la última dictadura militar. En esa instancia, el tribunal condenó a prisión perpetua a los principales responsables del grupo de tareas -entre ellos Jorge Olivera, Gustavo De Marchi y Daniel Gómez- y fijó una pena de 18 años de prisión para Méndez Casariego.
En septiembre de 2021, la Cámara Nacional de Casación Penal absolvió al exmilitar al considerar que las pruebas evaluadas resultaban insuficientes para revertir la presunción de inocencia. La resolución generó rechazo entre las querellas y los organismos de derechos humanos, y motivó que la Procuración General de la Nación recurriera ante la Corte Suprema al sostener que Casación había hecho una valoración parcial e inadecuada de la evidencia disponible.
El rol del acusado
Durante la dictadura, Méndez Casariego se desempeñó como teniente primero y jefe de la Compañía Comando del Regimiento de Infantería de Montaña (RIM) 22. Desde ese cargo fue designado instructor de los sumarios militares labrados contra los detenidos políticos alojados en el Penal de Chimbas. El dictamen del procurador Casal, adoptado en su totalidad por los ministros de la Corte, sostuvo que el acusado no podía desconocer los vejámenes y torturas a los que eran sometidos los prisioneros en esa unidad penitenciaria.
Un elemento central del expediente fue la muerte del detenido Alberto Carvajal, ocurrida en la cárcel de Chimbas un día después de haber sido obligado a firmar su declaración en un sumario instruido por el propio Méndez Casariego. La versión oficial de la época sostuvo que Carvajal había muerto por decisión propia, pero la investigación judicial determinó que la causa real fue la gravedad de las torturas recibidas.
Según la Justicia, el aporte de Méndez Casariego consistió en dar apariencia de legalidad a la represión clandestina: mediante la elaboración de actas y actuaciones fraguadas, brindó cobertura a quienes ejecutaban las torturas y los homicidios, y ocultó de forma sistemática el trato al que eran sometidas las víctimas. Con el fallo de la Corte Suprema, la revisión sobre su responsabilidad penal quedó cerrada y la condena a 18 años de prisión efectiva quedó firme.




