La Justicia de San Juan comenzó a poner el foco en las condiciones de los créditos y en los intereses que aplican las entidades financieras cuando reclaman judicialmente el pago de una deuda. Así lo explicó Verónica Montero, jueza de Paz de Santa Lucía, durante una entrevista con Radio Mil20, donde detalló cómo se analizan estos casos y advirtió sobre situaciones consideradas abusivas.
Montero explicó que las entidades suelen reclamar el pago de los créditos mediante un pagaré, pero que ese documento no siempre contiene toda la información necesaria para conocer cómo se originó la deuda. Por ese motivo, desde el juzgado que está a su cargo solicitan que se incorpore el negocio que dio origen al pagaré.
“Venimos implementando la necesidad de que se transparente ese negocio que le dio origen al pagaré”, sostuvo la magistrada, y agregó que la situación debe analizarse en cada caso porque “cada crédito es muy particular” y las tasas pueden variar.
Uno de los aspectos que revisan es el momento en que comienza la mora. Según explicó Montero, en algunos casos las entidades financieras constituyen al deudor en mora prácticamente desde el momento en que entregan el dinero. Esto genera, a su criterio, una situación que debe ser analizada judicialmente.
La jueza aclaró que cobrar intereses por prestar dinero es legal y que no se trata de cuestionar ese mecanismo. “Toda persona que presta dinero tiene derecho a cobrar un interés compensatorio y esto es válido y es legal”, afirmó. El punto central, explicó, es determinar cuál es el costo del crédito y si resulta excesivo.
En ese sentido, recomendó a los consumidores prestar atención al costo financiero total (CFT) antes de tomar un préstamo. “No hay una norma a nivel legal que establezca un tope máximo” para las tasas de las financieras, señaló, pero remarcó que existen intereses que pueden resultar abusivos y que los jueces tienen facultades para morigerarlos.
Montero explicó además que cuando una persona toma un crédito a pagar en cuotas y luego entra en mora antes de finalizar el plazo, no corresponde trasladar automáticamente todos los intereses compensatorios que todavía no se habían generado. “Muchas veces la persona, el consumidor, pagó las 4 cuotas y ya ahí lo constituyen en mora y traen a la fecha de la mora todos los intereses que todavía no se han devengado”, detalló.
En esos casos, indicó que los intereses compensatorios dejan de generarse a partir de la mora y comienza a aplicarse el interés moratorio, que en su juzgado es revisado y morigerado cuando resulta excesivo.
Como ejemplo de las situaciones que actualmente llegan a los tribunales, la magistrada mencionó un caso que están analizando esta semana: “El capital prestado es de 300.000 y en 4 meses tiene que devolver 2 millones”. Para Montero, se trata de una situación que requiere especial atención.
La jueza también planteó la necesidad de fortalecer la información de los consumidores al momento de asumir una deuda. “Falta mucho conocimiento en esa cultura consumidil en todos nosotros porque todos somos usuarios y consumidores”, expresó.
Al mismo tiempo, defendió la importancia del acceso al financiamiento y remarcó que el objetivo no debe ser eliminar el crédito, sino garantizar que se otorgue bajo condiciones claras. “Hay que proteger el crédito, pero un crédito justo y transparente”, sostuvo.
Respecto del movimiento de expedientes en su juzgado, Montero informó que entre febrero y septiembre ingresaron aproximadamente 500 causas, de las cuales unas 400 corresponden a reclamos de deuda.
La magistrada señaló que el análisis de estos casos forma parte de una tendencia que también se observa en otras provincias y destacó que existe jurisprudencia y doctrina sobre la posibilidad de revisar judicialmente los intereses cuando resultan abusivos.




