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Economía

Poder adquisitivo en retroceso

El salario mínimo actual queda muy por debajo del nivel que alcanzaba hace 60 años

Un estudio de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA comparó el primer salario mínimo con el vigente y estimó una pérdida de poder de compra cercana al 80%. Según el informe, el ingreso básico debería ubicarse hoy entre $1.509.000 y $1.838.000 para mantener el valor de hace 61 años.

Redacción El ZondaEspecial para Diario El Zonda
El salario mínimo actual queda muy por debajo del nivel que alcanzaba hace 60 años

Para conservar el poder de compra que tenía hace 61 años, el Salario Mínimo, Vital y Móvil debería ubicarse hoy entre $1.509.000 y $1.838.000. En cambio, el piso vigente es de $367.800, una diferencia que lo deja entre cuatro y cinco veces por debajo de ese nivel.

La estimación fue elaborada por el Centro de Estudios de Historia Económica Argentina y Latinoamericana (CEHEAL), de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA, al cumplirse este 7 de junio el 61° aniversario de la norma. El cálculo toma como referencia el primer salario mínimo fijado en 1964, durante el gobierno de Arturo Illia, cuando se estableció por primera vez una remuneración mínima obligatoria y se creó el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Según el informe, aquel ingreso inicial era de 14.000 pesos moneda nacional. En ese momento, el kilo de asado costaba 130 pesos y con un salario mínimo se podían comprar unos 107 kilos de carne vacuna. Además, un alquiler de tres ambientes bien ubicado en la Ciudad de Buenos Aires rondaba los 7.500 pesos, mientras que el boleto de colectivo valía 6 pesos.

La norma original establecía que el salario mínimo debía aplicarse a todo trabajador en relación de dependencia mayor de 18 años y alcanzar, para el empleado y su familia, alimentación acorde, vivienda digna, vestuario, educación de los hijos, asistencia sanitaria, transporte, vacaciones, esparcimiento, seguro y previsión. Para fijar el monto se tomaba como referencia una familia tipo, integrada por dos cónyuges y dos hijos, y se contemplaban diferencias regionales.

El artículo 4° prohibía pagar por debajo de ese piso y establecía multas para quienes incumplieran. La ley también creó el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que debía integrar representantes de los ministerios de Trabajo y de Economía, de los trabajadores y de las cámaras empresarias. Cualquiera de las partes podía convocarlo cuando los precios registraran una variación superior al 15%.

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