El Consejo Federal del Fútbol Argentino intimó formalmente a la Liga Jachallera de Fútbol a convocar una nueva Asamblea para elegir autoridades, en el marco de la suspensión de afiliación que pesa sobre la institución. La decisión fue notificada mediante una nota oficial y apunta a regularizar la situación institucional de la liga. El eventual levantamiento de la sanción quedó atado al cumplimiento de los requisitos fijados por el organismo.
La comunicación fue firmada por Javier Treuque, secretario general del Consejo Federal, quien fundamentó la medida en los antecedentes obrantes en el organismo y en lo dispuesto por el artículo 8, inciso m) del Reglamento General del Consejo Federal. Ese encuadre reglamentario habilita al ente rector a exigir que los procesos internos de sus afiliadas se ajusten a sus estatutos y a la normativa federativa vigente. En este caso, la intimación busca que la elección de autoridades se realice bajo condiciones de legalidad verificables.
Plazos y control
Según el documento, la convocatoria deberá ser notificada al Consejo Federal con una anticipación mínima de treinta días. Además, la Liga deberá acompañar el orden del día y toda la documentación necesaria para que el organismo supervise la legalidad del proceso. El Consejo Federal también informó que podrá designar un veedor para presenciar la Asamblea y constatar el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias.
Una vez realizada la elección, la Liga Jachallera deberá remitir el resultado de la Asamblea junto con la documentación correspondiente. Con esos elementos, el Consejo Federal evaluará si la entidad regularizó su situación institucional y si corresponde levantar la suspensión de afiliación vigente. La resolución marca un paso previo indispensable para que la liga recupere plenamente su participación dentro de la estructura federativa del fútbol argentino.
El desenlace dependerá, por lo tanto, de que la nueva convocatoria se ajuste al Estatuto Social y a la normativa vigente, y de que el organismo considere válidos los actos posteriores. Hasta entonces, la definición sobre la sanción seguirá supeditada a la presentación formal de la documentación exigida y a la verificación del proceso por parte del Consejo Federal.




