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Mercado automotor

La reforma sobre planes de ahorro abre dudas en la compra de autos 0 km

El proyecto impulsado por el Ejecutivo propone quitar la intervención estatal sobre las administradoras de planes de ahorro. En el sector advierten que la medida podría alterar un sistema que concentra cerca del 30% de las ventas de vehículos nuevos.

La reforma sobre planes de ahorro abre dudas en la compra de autos 0 km

La intención del Gobierno de desregular los planes de ahorro previo para acceder a un auto 0 km generó preocupación en el mercado automotor, donde se la interpreta como una iniciativa capaz de modificar un esquema que hoy explica el 30% de los autos nuevos vendidos. Hasta ahora, la actividad de las administradoras está bajo regulación estatal a través de la Inspección General de Justicia (IGJ) y su Departamento Federal del Ahorro.

La normativa vigente tiene antecedentes en el decreto Nro. 142.277, de 1943, aunque los planes orientados a la compra de automóviles comenzaron a fines de los años 60 con una propuesta de Fiat conocida como Escudería 80. Desde 1975 rige una reglamentación específica que fija condiciones para autorizar administradoras, evaluar la sustentabilidad de los planes y exigir respaldo para eventuales contingencias del mercado.

Entre los requisitos actuales también se contempla que en los directorios haya personas con capacidad de decisión y experiencia en planes de ahorro. En ese marco, un director de plan de ahorro de una terminal argentina señaló a Infobae: "Más allá de ser todavía un anteproyecto de ley, y de carecer de especificaciones detalladas respecto a qué formato general tendrá la actividad en el futuro de aprobarse la reforma, lo primero que se me ocurre es que lejos de mejorar la oferta para los usuarios, solo sería abrirla a más jugadores, pero sin control de ningún tipo".

La intervención de la IGJ cumple funciones que el sector considera centrales para la protección de los ahorristas. Entre ellas figuran la fiscalización de la constitución, garantías, funcionamiento, estados contables y contratos; la exigencia de información clara sobre el valor móvil del bien, el cálculo de cuotas, la adjudicación por sorteo o licitación y los gastos de entrega; y los mecanismos de devolución de fondos ante renuncia o rescisión del plan.

La regulación también prevé resguardos para quienes suspenden pagos sin retirar el vehículo, ya que al cierre del plan reciben lo aportado actualizado al valor del bien. Además, ante contextos de crisis, la IGJ puede dictar resoluciones para ofrecer diferimientos o extender plazos y evitar ejecuciones prendarias. En los casos de adjudicación, la entrega debe concretarse en plazos que, según el tipo de plan, pueden ir de dos meses a 120 días; si no ocurre, corresponde una multa calculada sobre la tasa activa del Banco Nación.

En 2022 y 2023, cuando faltaban autos por las restricciones para acceder a dólares e importar unidades, hubo demoras de más de un año en la entrega de vehículos ya adjudicados y pagados. En ese período, algunas marcas alegaron fuerza mayor, pero quien homologa esas situaciones es la IGJ, que rechazó ese argumento y ordenó la entrega de los autos junto con el pago de las multas. Según el planteo del sector, sin esa normativa una administradora podría demorar entregas sin una intervención que resguarde al ahorrista.

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