Condenaron a un hombre por intentar robar en un colectivo y sobreseyeron a su acompañante
El episodio ocurrió en la madrugada del 20 de marzo en una unidad de la línea B. Uno de los imputados recibió una condena de prisión efectiva mediante juicio abreviado, mientras que el otro fue sobreseído.
Un hecho de inseguridad ocurrido en el interior de un colectivo de la línea B terminó con la condena de uno de los imputados y el sobreseimiento de su acompañante, tras la intervención del sistema de Flagrancia.
El episodio se registró el 20 de marzo de 2026, alrededor de las 00:13, cuando dos hombres identificados como Maximiliano Flores Núñez y Emanuel Ibañez viajaban a bordo de la unidad. De acuerdo con la investigación, ambos se dirigieron hacia la parte delantera del colectivo, donde se encontraban dos mujeres sentadas detrás del conductor, Luis Rubén Sosa.
En ese contexto, Ibañez habría señalado a su acompañante un bolso de hockey que llevaba una de las víctimas. Luego pidió al chofer que detuviera la marcha en la intersección de Benavídez y Tucumán y, tras descender, escapó del lugar. Mientras tanto, Flores Núñez intentó sustraer el bolso mediante forcejeos con la damnificada, pero no logró concretar el robo.
Ante la situación, el conductor cerró las puertas del vehículo para impedir la fuga. El acusado intentó salir por una ventanilla, pero fue retenido por la segunda mujer, a quien agredió con una patada en la frente, provocándole una pérdida momentánea del conocimiento. Con la intervención del chofer y de los pasajeros, se dio aviso a la Policía, que aprehendió a Flores en el lugar.
Más tarde, y con datos aportados por testigos, personal policial ubicó a Ibañez en una vivienda del barrio Esteban Echeverría, donde fue detenido tras ocultarse debajo de una cama. El caso fue comunicado a la fiscal de turno, quien dispuso el inicio del procedimiento especial de flagrancia.
Como resultado, Ibañez fue sobreseído en función del artículo 356 inciso 3 del Código Procesal Penal, mientras que Flores Núñez recibió una condena de tres meses de prisión efectiva mediante juicio abreviado, unificada en una pena única de nueve meses de cumplimiento efectivo, con declaración de reincidencia y prisión preventiva.